Artículo 4 de la Constitución Española

1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.

2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.

art 4 ce

Explicación sencilla

Esta cita hace referencia a la descripción de la bandera de España y al uso de banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. La bandera de España está compuesta por tres franjas horizontales, dos de color rojo y una de color amarillo, siendo la franja amarilla el doble de ancha que las rojas. Los Estatutos tienen la capacidad de reconocer las banderas y enseñas de cada Comunidad Autónoma. Estas banderas se utilizarán junto a la bandera de España en los edificios públicos y en los actos oficiales de cada comunidad. Esto muestra el respeto y la convivencia de los distintos territorios dentro de España.

El artículo 4 de la Constitución Española hace referencia a la bandera de España y a las banderas propias de las Comunidades Autónomas.

El artículo 4 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título Preliminar.

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