Artículo 55 de la Constitución Española
1. Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3, artículos 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución. Se exceptúa de lo establecido anteriormente el apartado 3 del artículo 17 para el supuesto de declaración de estado de excepción.
2. Una ley orgánica podrá determinar la forma y los casos en los que, de forma individual y con la necesaria intervención judicial y el adecuado control parlamentario, los derechos reconocidos en los artículos 17, apartado 2, y 18, apartados 2 y 3, pueden ser suspendidos para personas determinadas, en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas.
La utilización injustificada o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley orgánica producirá responsabilidad penal, como violación de los derechos y libertades reconocidos por las leyes.
art 55 ce
Explicación sencilla
El artículo 55 de la Constitución establece que ciertos derechos pueden ser suspendidos en caso de declaración de estado de excepción o de sitio, como se prevé en la propia Constitución. Estos derechos incluyen los reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3, 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, 21, 28, apartado 2, y 37, apartado 2. Sin embargo, el apartado 3 del artículo 17 no puede ser suspendido en caso de declaración de estado de excepción. Además, una ley orgánica puede establecer la forma y los casos en los que se pueden suspender de manera individual los derechos reconocidos en los artículos 17, apartado 2, y 18, apartados 2 y 3, en relación con investigaciones de bandas armadas o elementos terroristas. La utilización injustificada o abusiva de estas facultades conlleva responsabilidad penal por violación de los derechos y libertades reconocidos por las leyes.
El artículo 55 de la Constitución Española hace referencia a ciertos derechos fundamentales.
- Título I. De los Derechos y Deberes Fundamentales
-
- Capítulo V. De la suspensión de los derechos y libertades
- Artículo 55
- Capítulo V. De la suspensión de los derechos y libertades
-
Deja una respuesta