Artículo 88 de la Constitución Española
Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos.
art 88 ce
Explicación sencilla
Esta cita se refiere a cómo se aprueban las leyes en un país. Según el artículo 88 de la Constitución, los proyectos de ley deben ser aprobados en Consejo de Ministros, el cual los presentará al Congreso junto con una explicación de los motivos y los antecedentes necesarios. Esto significa que antes de que una ley sea aprobada, se debe proporcionar una justificación clara y los detalles relevantes para que el Congreso pueda tomar una decisión informada. Esta medida garantiza la transparencia y la participación de todos los miembros del Gobierno en la aprobación de las leyes.
El artículo 88 de la Constitución Española hace referencia a la aprobación de los proyectos de ley por el Consejo de Ministros.
El artículo 88 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título III dedicado a las Cortes Generales y más en concreto dentro del Capítulo II, que hace referencia a la elaboración de las leyes.
- Título III. De las Cortes Generales
- Capítulo II. De la elaboración de las leyes
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