Días hábiles

2. Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.

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Artículo 30.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común

Explicación sencilla

Esta cita es parte del Artículo 30.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de la Unión Europea. Esta ley establece que, a menos que se indique lo contrario, los plazos se cuentan en días hábiles. Esto significa que los sábados, domingos y días festivos no se incluyen en el cómputo de los plazos. Por ejemplo, si se le da un plazo de 5 días para presentar un documento y empieza un lunes, esos 5 días no incluirían el sábado ni el domingo, por lo que tendría hasta el viernes para presentarlo. Esta regla busca brindar un tiempo adecuado para realizar trámites y evitar que los plazos venzan en días no laborables.

Los días hábiles son los días comprendidos entre el lunes y el viernes de cada semana, siempre que no sean festivos. Así lo establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) en España, en su artículo 30.2.

En el ámbito del derecho administrativo existen varios tipos de días. Es importante conocer el concepto de cada uno de ellos. Estos son:

Tener claro el concepto de lo que es un día hábil es importante, ya que la Administración Pública y los organismos judiciales en España, en sus procesos establecen plazos que deben cumplirse y lo hacen en días hábiles, a menos que se especifique lo contrario.

En los días hábiles se pueden realizar diversas actividades y actos administrativos y judiciales de importancia ciudadana y en días hábiles se cuentan también los plazos que establecen diversos procedimientos administrativos y judiciales como hemos visto.

Por todo ello, para poder cumplir los plazos y poder satisfacer los requerimientos de algún proceso administrativo o judicial, debe tenerse claro qué días son hábiles y qué días no lo son a lo largo del año.

Los plazos que se establecen en procedimientos administrativos y judiciales empiezan a contar al día siguiente en que se emite la notificación.

Si en un proceso administrativo o judicial el día en que concluye un plazo estipulado en días hábiles cae en un fin de semana o festivo, el plazo se extiende automáticamente al siguiente día hábil después del día en que concluye el plazo.

  • Días naturales: son los 365 días del año, independientemente de si son hábiles, fines de semana o festivos. Los años bisiestos tienen 366 días naturales.
  • Días hábiles: días de lunes a viernes de cada semana, a menos que sean festivos.
  • Días inhábiles: los fines de semana y festivos.
  • Días laborables: son todos aquellos en los que se trabaja, por tanto, quedan excluidos los domingos y festivos. Los sábados pueden considerarse laborales a efectos legales dependiendo de la empresa o el sector.
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