Estafa procesal

1. El delito de estafa será castigado con las penas de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses, cuando:

7.º Se cometa estafa procesal. Incurren en la misma los que, en un procedimiento judicial de cualquier clase, manipularen las pruebas en que pretendieran fundar sus alegaciones o emplearen otro fraude procesal análogo, provocando error en el juez o tribunal y llevándole a dictar una resolución que perjudique los intereses económicos de la otra parte o de un tercero.

Artículo 250.1 del Código Penal

Explicación sencilla

El artículo 250.1 del Código Penal establece que el delito de estafa puede ser castigado con penas de prisión y multa, cuando se comete una estafa procesal. Esto ocurre cuando alguien manipula pruebas en un procedimiento judicial o utiliza algún tipo de fraude para engañar al juez o al tribunal y obtener una resolución que perjudique los intereses económicos de la otra parte o de un tercero. En resumen, la estafa procesal implica engañar en un proceso legal para obtener un beneficio económico injusto.

La estafa procesal es una de las modalidades que existen del delito de estafa. Tiene lugar cuando se manipulan pruebas para obtener un error judicial.

La estafa procesal aparece regulada en el Código Penal, Título XIII (delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico), Capítulo VI (de las defraudaciones), sección 1ª de las defraudaciones, artículo 250.1,7º.

La estafa procesal viene definida por el Diccionario del Español Jurídico como:

"Delito de estafa agravado que se comete en un procedimiento judicial de cualquier clase manipulando las pruebas o empleando otro fraude procesal análogo y provocando error en el juez o tribunal, llevándole a dictar una resolución que perjudica los intereses económicos de la otra parte o de un tercero."

Una estafa procesal cuenta con la estructura que presentamos a continuación:

Solo se podrá entender que se haya cometido una estafa procesal, cuando se corrobore la presencia de los siguientes elementos:

Existen varias formas diferentes de incurrir en estafa procesal:

  • Sujeto activo, que es la persona que crea el engaño, utilizando información errónea.
  • Sujeto pasivo, que resulta ser la persona engañada. Será siempre el operador judicial, que dictará una resolución judicial fundada en dicha información errónea.
  • El tercero perjudicado por la decisión tomada por el operador judicial.
  • Intencionalidad de causar daño a un tercero con dicha pronunciación.
  • Error en la decisión judicial.
  • Perjuicio hacia quien se dirige dicha resolución.
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