Artículo 238 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
El recurso de súplica contra un auto de cualquier Tribunal se sustanciará por el procedimiento señalado para el recurso de reforma que se entable contra cualquier resolución de un Juez de instrucción.
art 238 lecrim
Explicación sencilla
Esta cita hace referencia al recurso de súplica, que se utiliza para impugnar un auto (una decisión) de un Tribunal. El artículo 238 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) establece que este recurso se tramitará de la misma manera que el recurso de reforma que se presenta contra las resoluciones de un Juez de instrucción. En resumen, la cita explica cómo se debe proceder para apelar un auto del Tribunal y qué procedimiento se debe seguir para ello.
El artículo 238 hace referencia al recurso de súplica contra un auto de cualquier Tribunal.
El artículo 238 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal forma parte del título dedicado a los recursos contra las resoluciones procesales:
- Libro I. Disposiciones generales
- Título X. De los recursos contra las resoluciones procesales
- Capítulo I: De los recursos contra las resoluciones de los Jueces y Tribunales
- Título X. De los recursos contra las resoluciones procesales
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