Artículo 803 ter m de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Artículo 803 ter m. Escrito de contestación a la demanda de decomiso.

1. El escrito de contestación a la demanda de decomiso contendrá, en relación con los correlativos del escrito de demanda, las alegaciones de la parte demandada.

2. Si el demandado no interpusiera su escrito de contestación en el plazo conferido o si desistiera del mismo, el órgano competente acordará el decomiso definitivo de los bienes, efectos o ganancias, o de un valor equivalente a los mismos.

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Explicación sencilla

El artículo 803 ter m de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) establece que el escrito de contestación a la demanda de decomiso debe incluir las alegaciones de la parte demandada. Si el demandado no presenta este escrito dentro del plazo establecido o decide renunciar a presentarlo, el órgano competente ordenará el decomiso definitivo de los bienes, efectos o ganancias mencionados en la demanda, o un valor equivalente a los mismos. En resumen, este artículo regula el procedimiento relacionado con el decomiso de bienes en un proceso legal, especificando los requisitos y las consecuencias por no presentar el escrito de contestación.

  • Ley de Enjuiciamiento Criminal
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