Artículo 806 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Si la injuria y calumnia se hubieren inferido por escrito, se presentará, siendo posible, el documento que la contenga.

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Explicación sencilla

Esta cita del artículo 806 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) se refiere a la presentación de documentos en casos de injuria y calumnia escrita. La ley establece que, si alguien ha sido difamado o calumniado mediante un escrito, se debe presentar el documento que contiene dicha acusación para respaldar la denuncia. Es decir, si alguien ha sido difamado en un texto impreso, se debe presentar una copia de ese texto como prueba de la injuria. Esto busca garantizar que las acusaciones sean respaldadas por pruebas tangibles.

El artículo 806 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal española hace referencia a los delitos de injuria y calumnia.

En este caso concreto se centra en el caso de que estas lesiones al honor se hubieran producido por vía escrita e insta a presentar el documento concreto donde se desarrollan.

El artículo 806 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal forma parte del título dedicado al procedimiento por delitos de injuria y calumnia contra particulares.

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