Artículo 22 de la Ley de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio

Uno. Cuando la autorización del Congreso comprenda la suspensión del artículo veintiuno de la Constitución, la autoridad gubernativa podrá someter a autorización previa o prohibir la celebración de reuniones y manifestaciones.

Dos. También podrá disolver las reuniones y manifestaciones a que se refiere el párrafo anterior.

Tres. Las reuniones orgánicas que los partidos políticos, los sindicatos y las asociaciones empresariales realicen en cumplimiento de los fines que respectivamente les asignen los artículos sexto y séptimo de la Constitución, y de acuerdo con sus Estatutos, no podrán ser prohibidas, disueltas ni sometidas a autorización previa.

Cuatro. Para penetrar en los locales en que tuvieran lugar las reuniones, la Autoridad gubernativa deberá proveer a sus agentes de autorización formal y escrita. Esta autorización no será necesaria cuando desde dichos locales se estuviesen produciendo alteraciones graves del orden público constitutivas del delito o agresiones a las Fuerzas de Seguridad y en cualesquiera otros casos de flagrante delito.

art 22 Ley 4/1981

Explicación sencilla

Esta cita se refiere a la autorización del Congreso para suspender el artículo 21 de la Constitución, lo que permitiría a la autoridad gubernativa tener el poder de autorizar o prohibir reuniones y manifestaciones. Además, también se le daría la capacidad de disolver estas reuniones y manifestaciones. Sin embargo, hay excepciones a esta autoridad. Las reuniones orgánicas de partidos políticos, sindicatos y asociaciones empresariales, que se realicen de acuerdo con la Constitución y sus estatutos, no pueden ser prohibidas, disueltas ni sujetas a autorización previa. La autoridad gubernativa solo puede ingresar a los lugares donde se realizan estas reuniones con una autorización formal y escrita, a menos que se produzcan graves alteraciones del orden público u otros delitos flagrantes.

El artículo 22 de la Ley de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio española hace referencia a la suspensión del artículo 21 de la Constitución en estados de excepción y a la posibilidad de prohibir la celebración de reuniones y manifestaciones.

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