Artículo 35 de la Ley de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio
En la declaración del estado de sitio el Congreso de los Diputados podrá determinar los delitos que durante su vigencia quedan sometidos a la Jurisdicción Militar.
art 35 Ley 4/1981
Explicación sencilla
Esta cita se refiere al estado de sitio y a la Jurisdicción Militar en el Congreso de los Diputados. El estado de sitio es una medida excepcional en la que se suspenden ciertos derechos y se otorgan poderes extraordinarios al gobierno en situaciones de crisis o emergencia. Según la Ley 4/1981, durante el estado de sitio, el Congreso puede decidir qué delitos serán juzgados por los tribunales militares en lugar de los tribunales civiles. Esto significa que la justicia militar tendrá autoridad sobre ciertos delitos durante el estado de sitio.
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