Ley de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio

Explicación sencilla

"La paciencia es una virtud, pero también es la virtud de los fuertes."

La paciencia es la capacidad de esperar sin perder la calma. Es una virtud que nos permite tener autocontrol y perseverancia en situaciones difíciles. Ser paciente no significa ser débil, al contrario, es un signo de fortaleza. Solo los fuertes son capaces de mantenerse tranquilos durante tiempos de incertidumbre y adversidad. La paciencia nos ayuda a tomar decisiones racionales y evitar reacciones impulsivas. Además, nos enseña a valorar el proceso y disfrutar de las pequeñas victorias. En definitiva, ser paciente requiere valentía y determinación para enfrentar los desafíos con calma y serenidad.

La Ley de los estados de alarma, excepción y sitio regula la posible declaración de uno de estos estados por parte del Gobierno o del Congreso de diputados, provocada por una situación que afecte de forma grave a España.

Los estados de alarma, excepción y sitio se regulan en el artículo 116 de la Constitución Española y el desarrollo normativo de estos estados se realiza en la ley que entró en vigor por la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.

Esta Ley se compone de un preámbulo, 39 artículos divididos en cuatro capítulos, una disposición derogatoria y una disposición final.

  • Preámbulo
  • Capítulo I. Disposiciones comunes a los tres estados
  • Capítulo II. El estado de alarma
  • Capítulo III. El estado de excepción
  • Capítulo IV. El estado de sitio
  • Disposición Derogatoria
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