Artículo 399 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Artículo 399. La demanda y su contenido.

1. El juicio principiará por demanda, en la que, consignados de conformidad con lo que se establece en el artículo 155 los datos y circunstancias de identificación del actor y del demandado y el domicilio o residencia en que pueden ser emplazados, se expondrán numerados y separados los hechos y los fundamentos de derecho y se fijará con claridad y precisión lo que se pida.

2. Junto a la designación del actor se hará mención del nombre y apellidos del procurador y del abogado, cuando intervengan.

3. Los hechos se narrarán de forma ordenada y clara con objeto de facilitar su admisión o negación por el demandado al contestar. Con igual orden y claridad se expresarán los documentos, medios e instrumentos que se aporten en relación con los hechos que fundamenten las pretensiones y, finalmente, se formularán, valoraciones o razonamientos sobre éstos, si parecen convenientes para el derecho del litigante.

4. En los fundamentos de derecho, además de los que se refieran al asunto de fondo planteado, se incluirán, con la adecuada separación, las alegaciones que procedan sobre capacidad de las partes, representación de ellas o del procurador, jurisdicción, competencia y clase de juicio en que se deba sustanciar la demanda, así como sobre cualesquiera otros hechos de los que pueda depender la validez del juicio y la procedencia de una sentencia sobre el fondo.

5. En la petición, cuando sean varios los pronunciamientos judiciales que se pretendan, se expresarán con la debida separación. Las peticiones formuladas subsidiariamente, para el caso de que las principales fuesen desestimadas, se harán constar por su orden y separadamente.

art 399 lec

Explicación sencilla

El artículo 399 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece los requisitos que debe contener una demanda. En primer lugar, se deben incluir los datos de identificación del actor, demandado y el domicilio o residencia donde pueden ser contactados. Luego, se deben exponer de manera clara y numerada los hechos y fundamentos de derecho que respaldan la demanda, así como lo que se solicita específicamente. Si hay abogado y procurador involucrados, se deben mencionar sus nombres. Los hechos y documentos relevantes se deben presentar de forma ordenada y se pueden incluir valoraciones o razonamientos sobre ellos. Además, se deben incluir fundamentos de derecho adicionales relacionados con la capacidad de las partes, representación, jurisdicción y otros hechos que puedan afectar la validez del juicio. Finalmente, si hay varias solicitudes, deben expresarse por separado y en caso de solicitudes subsidiarias, deben mencionarse por orden y de forma separada.

El artículo 399 de la LEC española hace referencia a la demanda y el contenido de las alegaciones iniciales del juicio ordinario

El artículo 399 de la Ley de Enjuiciamiento Civil forma parte del título dedicado al juicio ordinario:

  • Ley de Enjuiciamiento Civil
  • Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

    Subir