Artículo 486 de la Ley Enjuiciamiento Civil

Artículo 486. Votación y fallo. Eventual vista.

1. Transcurrido el plazo a que se refiere el artículo anterior, háyanse presentado o no los escritos de oposición, el letrado o letrada de la Administración de Justicia señalará día y hora para la celebración de la vista cuando el tribunal hubiera resuelto, mediante providencia, por considerarlo conveniente para la mejor impartición de justicia, la celebración de dicho acto. En caso contrario, la Sala señalará día y hora para la deliberación, votación y fallo del recurso de casación.

2. En caso de celebrarse la vista, comenzará con el informe de la parte recurrente, para después proceder al de la parte recurrida. Si fueren varias las partes recurrentes, se estará al orden de interposición de los recursos, y siendo varias las partes recurridas, al orden de las comparecencias. La Sala podrá indicar a los abogados de las partes y, en su caso, al Ministerio Fiscal, el tiempo del que disponen para sus informes y las cuestiones que considera de especial interés.

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Explicación sencilla

El artículo 486 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece el procedimiento para la votación y fallo de un recurso de casación. Si no se han presentado escritos de oposición en el plazo establecido, el letrado o letrada de la Administración de Justicia fijará una fecha y hora para la celebración de una vista si el tribunal lo considera necesario para impartir justicia de manera eficiente. Si no se celebra una vista, la Sala determinará una fecha y hora para la deliberación, votación y fallo del recurso. Si se celebra una vista, se dará prioridad al informe de la parte recurrente y luego al de la parte recurrida, siguiendo un orden establecido por las partes. La Sala puede establecer el tiempo disponible para los informes y las cuestiones de especial interés.

Tras la actualización del 29/06/2023, con entrada en vigor el 29/07/2023 (no vigente aún), se modifica por el art. 225.15 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.. Hasta que entre en vigor esta reforma, dice así:

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