Artículo 128 de la Ley Hipotecaria

La acción hipotecaria prescribirá a los veinte años, contados desde que pueda ser ejercitada.

art 128 lh

Explicación sencilla

Esta cita se refiere al plazo de prescripción de la acción hipotecaria, que es el tiempo que tiene una persona para reclamar el pago de una deuda hipotecaria. Según el artículo 128 de la Ley Hipotecaria, esta acción prescribe a los veinte años, empezando a contar desde el momento en que se pueda iniciar el reclamo. Esto significa que si una persona tiene una deuda hipotecaria y no la reclama en un plazo de veinte años, perderá el derecho a cobrarla. Es importante tener en cuenta este plazo para evitar perder el derecho a recibir el pago de una hipoteca.

El artículo 128 de la Ley Hipotecaria española hace referencia a la prescripción de la acción hipotecaria.

El artículo 128 de la Ley Hipotecaria forma parte del título dedicado a las hipotecas:

  • Ley Hipotecaria
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