Artículo 31 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social
Artículo 31. Acumulación con procesos iniciados a instancia de la autoridad laboral.
A los procesos de oficio iniciados en virtud de comunicación de la autoridad laboral regulados en el artículo 148 se acumularán, de acuerdo con las reglas anteriores, las demandas individuales en que concurran identidad de personas y de causa de pedir respecto de la demanda de oficio, aunque pendan en distintos juzgados o tribunales. Dicha acumulación se acordará por el juzgado o tribunal mediante auto.
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Explicación sencilla
El artículo 31 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social establece que, cuando la autoridad laboral inicie un proceso de oficio basado en una comunicación, se podrán acumular las demandas individuales en las que exista coincidencia de personas y de motivo respecto a la demanda de oficio. Esta acumulación se llevará a cabo aunque las demandas estén pendientes en diferentes juzgados o tribunales. La decisión de acumulación será tomada por el juzgado o tribunal a través de un auto. En resumen, el artículo permite juntar varias demandas individuales similares a una demanda de oficio iniciada por la autoridad laboral.
- LIBRO PRIMERO. Parte general
- TÍTULO III. De la acumulación de acciones, procesos y recursos
- CAPÍTULO I. De la acumulación de acciones, procesos y recursos
- Sección 1.ª Acumulación de acciones
- Sección 2.ª Acumulación de procesos
- Artículo 28. Acumulación de procesos seguidos ante el mismo juzgado o tribunal.
- Artículo 29. Acumulación de procesos seguidos ante distintos juzgados.
- Artículo 30. Procesos acumulables.
- Artículo 31. Acumulación con procesos iniciados a instancia de la autoridad laboral.
- Artículo 32. Acumulación de procesos relativos a la extinción del contrato de trabajo o que se refieran a actos administrativos con pluralidad de destinatarios.
- Sección 3.ª Acumulación de recursos
- Sección 4.ª Disposiciones comunes
- CAPÍTULO I. De la acumulación de acciones, procesos y recursos
- TÍTULO III. De la acumulación de acciones, procesos y recursos
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