Artículo 487 de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 487. Representación frente a los miembros de la dirección.

La representación de la sociedad frente a los miembros de la dirección corresponde al consejo de control.

art 487 lsc

Explicación sencilla

De acuerdo con el artículo 487 de la Ley de Sociedades de Capital, la representación de la sociedad ante los miembros de la dirección es responsabilidad del consejo de control. Esto significa que el consejo tiene la autoridad para actuar en nombre de la empresa frente a los directivos. Su función es velar por el correcto funcionamiento de la dirección y asegurarse de que se tomen las decisiones adecuadas para el beneficio de la sociedad. De esta manera, el consejo de control actúa como un intermediario entre los directivos y la empresa, protegiendo los intereses de esta última.

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