Artículo 60 de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 60. Título de la aportación.

Toda aportación se entiende realizada a título de propiedad, salvo que expresamente se estipule de otro modo.

art 60 lsc

Explicación sencilla

Esta cita es parte del artículo 60 de la Ley de Sociedades de Capital, que establece que cualquier aportación realizada en una sociedad se considera como propiedad, a menos que se acuerde lo contrario de manera expresa. Esto significa que cuando alguien contribuye con bienes o dinero a una sociedad, se convierte en dueño de esa aportación, a menos que se establezca lo contrario en un acuerdo escrito. Esta norma es importante para proteger los derechos de los socios y garantizar la transparencia en las transacciones dentro de una empresa.

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