Artículo 61 de la Ley de Sociedades de Capital
Artículo 61. Aportaciones dinerarias.
1. Las aportaciones dinerarias deberán establecerse en euros.
2. Si la aportación fuese en otra moneda, se determinará su equivalencia en euros con arreglo a la ley.
art 61 lsc
Explicación sencilla
El Artículo 61 de la Ley de Sociedades de Capital establece que las aportaciones monetarias realizadas deben ser en euros. Si por alguna razón se realiza una aportación en otra moneda, se calculará su equivalencia en euros de acuerdo con la ley. Esto significa que las aportaciones de dinero en una sociedad deben estar en euros para facilitar su manejo y control.
- TÍTULO III. Las aportaciones sociales
- CAPÍTULO I. Las aportaciones sociales
- Sección 2.ª Aportaciones dinerarias y aportaciones no dinerarias
- Subsección 1.ª Aportaciones dinerarias
- Artículo 61. Aportaciones dinerarias.
- Artículo 62. Acreditación de la realidad de las aportaciones.
- Subsección 1.ª Aportaciones dinerarias
- Sección 2.ª Aportaciones dinerarias y aportaciones no dinerarias
- CAPÍTULO I. Las aportaciones sociales
Subir
Deja una respuesta