Patente

Los requisitos que se deben cumplir para registrar una patente son:

  1. Debe tener cierto grado de novedad, es decir, en el ámbito en el que este no puede haberse difundido dicha invención.
  2. Debe ser una actividad inventiva y, por tanto, debemos garantizar que la invención ha surgido de una actividad intelectual importante por parte del inventor.
  3. Cierta aplicación industrial, que pueda tener aplicación para determinado tipo de industria.

Si no cumplimos estos tres requisitos básicos, no estaremos en posición de aplicar para registrar una patente.

Guillermo Pérez Gómez, abogado especialista en patentes y fundador de Larson & Co 

Explicación sencilla

Para registrar una patente, deben cumplirse tres requisitos. Primero, la invención debe tener cierto grado de novedad, es decir, no puede haber sido difundida previamente en el ámbito correspondiente. Segundo, la invención debe ser producto de una actividad inventiva, lo que significa que debe haber surgido de una importante actividad intelectual por parte del inventor. Por último, la invención debe tener una aplicación industrial específica, es decir, debe poder ser aplicada en determinado tipo de industria. Si no cumplimos con estos requisitos, no podremos solicitar el registro de una patente.

La patente es un derecho exclusivo del que goza el autor de una invención, para explotarla e impedir que otros la utilicen sin su consentimiento.

Es un derecho temporal. En general, se mantiene por un plazo de 20 años, después de los cuales la información es pública y cualquiera podría utilizarla.

El sistema de patentes representa un instrumento para impulsar la innovación y el desarrollo científico, tecnológico y económico. Por este motivo, uno de los requisitos para obtener la patente es que el invento tenga una aplicación industrial.

La patente es un derecho, no una obligación. Así, el inventor puede optar por mantener su invención en secreto. Sin embargo, en algunos casos la ley prevé que el patentamiento debe ser obligatorio.

El marco legal del sistema de patentes está compuesto por:

Para que un invento pueda ser registrado en la Oficina Española de Patentes y Marcas debe cumplir los siguientes requisitos:

Con todo ello, no pueden ser objeto de una patente:

  • Ley 24/2015 de Patentes. Establece la potestad de la Oficina Española de Patentes y Marcas para calificar la legalidad, validez y eficacia de los actos que se inscriban en el Registro de Patentes.
  • Para los títulos solicitados antes del 1° de abril de 2017 tiene vigencia la anterior Ley 11/1986 de Patentes.
  • Orden ETU/296/2017, de 31 de marzo, por la que se establecen los plazos máximos de resolución en los procedimientos regulados en la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.
  • Orden ETU/320/2018, de 26 de marzo, por la que se establecen los requisitos y condiciones en las que otros habilitados, distintos de los expresamente facultados por los artículos 154.2 y 169.2 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, podrán traducir patentes europeas y solicitudes internacionales de patentes a que se refieren dichos artículos.
  • Real Decreto 55/2002, de 18 de enero, sobre explotación y cesión de invenciones realizadas en los entes públicos de investigación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.
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