Artículo 1197 del Código Civil

No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el fiador podrá oponer la compensación respecto de lo que el acreedor debiere a su deudor principal.

art 1197 cc

Explicación sencilla

En el artículo 1197 del Código Civil se establece que, a pesar de lo que se haya acordado previamente, el fiador tiene el derecho de compensar lo que el acreedor deba al deudor principal. Esto significa que si el fiador ha pagado una deuda en nombre del deudor principal, pero el acreedor también le debe dinero al deudor principal, el fiador puede reclamar que esa deuda se compense con lo que él ha pagado. Esto protege los derechos del fiador y garantiza que no sea perjudicado en el caso de que el acreedor también tenga una deuda pendiente con el deudor principal.

El artículo 1197 del Código Civil español explica cuál será el papel del fiador en la compensación.

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