Artículo 1746 del Código Civil
El comodatario no responde de los deterioros que sobrevengan a la cosa prestada por el solo efecto del uso y sin culpa suya.
art 1746 cc
Explicación sencilla
Esta cita se refiere a una ley civil que establece que la persona a la que se le presta algo no es responsable de los daños que ocurran en el objeto prestado debido a su uso normal, siempre y cuando no haya sido culpable de los mismos. Es decir, si alguien toma prestado un artículo y este sufre algún deterioro como resultado del uso regular, no será responsable de repararlo o reemplazarlo, a menos que haya actuado de manera negligente o irresponsable. Esta ley protege al usuario de ser responsable por daños que no pudo evitar durante el uso normal del objeto prestado.
El artículo 1746 está recogido en el Código Civil español y hace referencia a la no respuesta del comodatario de los deterioros que surjan sin culpa suya.
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título X: Del préstamo
- Capítulo I: Del comodato
- Sección II: De las obligaciones del comodatario
- Artículo 1743
- Artículo 1744
- Artículo 1745
- Artículo 1746
- Artículo 1747
- Artículo 1748
- Sección II: De las obligaciones del comodatario
- Capítulo I: Del comodato
- Título X: Del préstamo
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