Artículo 1276 del Código Civil
La expresión de una causa falsa en los contratos dará lugar a la nulidad, si no se probase que estaban fundados en otra verdadera y lícita.
art 1276 cc
Explicación sencilla
Esta cita del artículo 1276 del Código Civil establece que si una causa falsa se menciona en un contrato, éste será considerado nulo, a menos que se demuestre que existía otra causa verdadera y lícita para realizar dicho contrato. En términos simples, esto significa que si se menciona una razón falsa para celebrar un contrato, éste no tendrá validez legal a menos que se pueda probar que hay otra razón verdadera y legal para llevar a cabo dicho contrato. En resumen, la validez de un contrato depende de la existencia de una causa verdadera y lícita.
El artículo 1276 del Código Civil español explica que la expresión de una causa falsa en los contratos dará lugar a su nulidad.
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título II: De los contratos
- Capítulo II: De los requisitos esenciales para la validez de los contratos
- Sección III: De la causa de los contratos
- Artículo 1274
- Artículo 1275
- Artículo 1276
- Artículo 1277
- Sección III: De la causa de los contratos
- Capítulo II: De los requisitos esenciales para la validez de los contratos
- Título II: De los contratos
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