Artículo 1278 del Código Civil

Los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez.

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Explicación sencilla

Esta cita del artículo 1278 del Código Civil establece que los contratos serán obligatorios, sin importar cómo hayan sido celebrados, siempre y cuando cumplan con las condiciones esenciales para su validez. Esto significa que aunque un contrato haya sido realizado de manera oral o incluso de forma informal, si reúne los elementos necesarios para ser considerado válido y legal, las partes involucradas estarán obligadas a cumplir con lo acordado en dicho contrato. En resumen, esta ley garantiza que los contratos sean vinculantes, siempre y cuando cumplan con los requisitos legales mínimos para ser considerados válidos.

El artículo 1278 del Código Civil español hace referencia a que sea cual sea la forma en la que se celebren, los contratos serán obligatorios

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