Artículo 1557 del Código Civil
El arrendador no puede variar la forma de la cosa arrendada.
art 1557 cc
Explicación sencilla
Esta cita se refiere a la relación entre un arrendador y un arrendatario. Según el artículo 1557 del código civil, el arrendador no tiene el derecho de cambiar la forma o características de la propiedad que está siendo alquilada. Esto significa que si una persona está alquilando una casa, el propietario no puede hacer cambios importantes en la estructura de la casa sin el consentimiento del arrendatario. Esta regla protege los derechos del arrendatario y busca mantener la integridad de la propiedad que está siendo arrendada. En resumen, el arrendador está obligado a mantener la propiedad en su forma original durante el período de arrendamiento.
El artículo 1557 del Código Civil español establece que el arrendador no tiene derecho a variar la forma de la cosa en un contrato de arrendamiento.
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título VI: Del contrato de arrendamiento
- Capítulo II: De los arrendamientos de fincas rústicas y urbanas
- Sección II: De los derechos y obligaciones del arrendador y del arrendatario
- Capítulo II: De los arrendamientos de fincas rústicas y urbanas
- Título VI: Del contrato de arrendamiento
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