Artículo 748 del Código Civil

La institución hecha a favor de un establecimiento público bajo condición o imponiéndole un gravamen sólo será válida si el Gobierno la aprueba.

art 748 cc

Explicación sencilla

Esta cita se refiere a una regla legal que establece que cualquier institución o contrato que tenga como objetivo beneficiar a un establecimiento público, ya sea imponiéndole una condición o gravamen, solo será válida si el Gobierno lo aprueba. Esto significa que para que las instituciones o contratos relacionados con establecimientos públicos sean legalmente válidos, el Gobierno debe dar su consentimiento. Esta regla busca garantizar que las decisiones y acuerdos que afecten al sector público sean evaluados y aprobados por las autoridades competentes.

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