Artículo 1604 del Código Civil

Se constituye el censo cuando se sujetan algunos bienes inmuebles al pago de un canon o rédito anual en retribución de un capital que se recibe en dinero, o del dominio pleno o menos pleno que se transmite de los mismos bienes.

art 1604 cc

Explicación sencilla

Esta cita se refiere a la constitución de un censo, que ocurre cuando se establece que algunos bienes inmuebles deben pagar anualmente una cantidad de dinero como compensación por un capital que se recibe o por el derecho de propiedad que se transfiere de esos bienes. En otras palabras, es un acuerdo donde se establece que ciertos inmuebles deben entregar una suma de dinero periódicamente como pago por algún beneficio obtenido. Esta cita pertenece al artículo 1604 del Código Civil.

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