Artículo 1617 del Código Civil

Pueden transmitirse a título oneroso o lucrativo las fincas gravadas con censos, y lo mismo el derecho a percibir la pensión.

art 1617 cc

Explicación sencilla

Esta cita se refiere a la posibilidad de vender o transferir una propiedad que está sujeta a la carga de un censo o al derecho de recibir una pensión. El artículo 1617 del Código Civil establece que estas propiedades pueden ser transmitidas a cambio de algún beneficio económico. Esto significa que si alguien posee una finca que tiene un censo o si tiene el derecho a recibir una pensión, puede vender o transferir esa propiedad a otra persona a cambio de dinero u otros beneficios financieros.

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